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Legislación › Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales.

Artículo 8. Nombramiento y cese.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de marzo de 2011 y la del 28 de enero de 2012. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 8. Nombramiento y cese.
El Director general del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales tendrá el nivel orgánico de Director general y será nombrado y separado mediante Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Hacienda.
En caso de ausencia, vacante o enfermedad, el Director general titular de la Dirección General será sustituido por el titular de la Dirección de Formación la Escuela de la Hacienda Pública y, en su defecto, por el titular de la Secretaría General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-1312 Leer Qué cambió
13 de marzo de 2011 BOE-A-2011-4556 Leer Qué cambió
27 de enero de 2001 Texto original Leer

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