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Legislación › Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 151. Modelos y numeración de certificaciones.

Artículo 151. Modelos y numeración de certificaciones.

1. Las certificaciones se ajustarán al modelo del anexo XI que será de uso obligatorio para la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y restantes entidades públicas estatales sujetas a la Ley.

2. Las certificaciones, aunque concurran varias entidades a la financiación, se numerarán correlativamente para cada contrato.

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