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Legislación › Real Decreto-ley 15/2001, de 2 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de transporte aéreo.

Artículo 5. Procedimiento sancionador.

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Artículo 5. Procedimiento sancionador.
1. El procedimiento para la imposición de las sanciones establecidas en este Real Decreto-ley se ajustará a lo dispuesto en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en sus normas de desarrollo.
2. La instrucción de los expedientes corresponderá a AENA y la competencia para la imposición de las sanciones al Director general de Aviación Civil.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2003 En vigor BOE-A-2003-13616 Leer Qué cambió
4 de noviembre de 2001 Texto original Leer

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