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Orden de 14 de noviembre de 2001 por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho Programa.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 21 de noviembre de 2001 · Último cambio el 29 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 7 redacciones · cambió el 29/09/2021
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objetivos y beneficiarios de los Talleres de Empleo.
  5. Artículo 2. Entidades promotoras.
  6. Artículo 3. Contenido de los Talleres de Empleo.
  7. Artículo 4. Alfabetización informática.
  8. Artículo 5. Formación básica.
  9. Artículo 6. Certificaciones de la formación y cualificación.
  10. Artículo 7. Selección de los alumnos trabajadores, Director, docentes y personal de apoyo.
  11. Artículo 8. Orientación, información profesional, formación empresarial y asistencia técnica.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 9. Objeto de la subvención y beneficiarios.
  14. Artículo 10. Solicitud y documentación a presentar por las entidades promotoras de Talleres de Empleo.
  15. Artículo 11. Valoración de artículo proyectos y resolución de subvenciones para Talleres de Empleo.
  16. Artículo 12. Financiación de los Talleres de Empleo. 2 redacciones · cambió el 06/07/2013
  17. Artículo 13. Transferencia y justificación de fondos.
  18. Artículo 14. Garantías.
  19. Artículo 15. Obligaciones de las entidades promotoras, control y publicidad.
  20. Artículo 16. Incumplimiento de obligaciones y reintegro de subvenciones.
  21. Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
  22. Disposición adicional segunda. Derecho supletorio.
  23. Disposición adicional tercera. Comunidades Autónomas.
  24. Disposición adicional cuarta. Subvención de la indemnización por residencia en los proyectos a desarrollar en las ciudades de Ceuta y Melilla y otros territorios por órganos de la Administración General del Estado.
  25. Disposición transitoria primera. Transición al euro.
  26. Disposición transitoria segunda.
  27. Disposición derogatoria.
  28. Disposición final primera. Condicionamiento presupuestario de las subvenciones.
  29. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y ejecución.
  30. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  31. [firma]
  32. Anexo I
  33. Anexo II