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Orden de 14 de noviembre de 2001 por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho Programa.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 21 de noviembre de 2001 · Último cambio el 29 de septiembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no 7 redacciones · cambió el 29/09/2021
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objetivos y beneficiarios de los Talleres de Empleo.
- Artículo 2. Entidades promotoras.
- Artículo 3. Contenido de los Talleres de Empleo.
- Artículo 4. Alfabetización informática.
- Artículo 5. Formación básica.
- Artículo 6. Certificaciones de la formación y cualificación.
- Artículo 7. Selección de los alumnos trabajadores, Director, docentes y personal de apoyo.
- Artículo 8. Orientación, información profesional, formación empresarial y asistencia técnica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Objeto de la subvención y beneficiarios.
- Artículo 10. Solicitud y documentación a presentar por las entidades promotoras de Talleres de Empleo.
- Artículo 11. Valoración de artículo proyectos y resolución de subvenciones para Talleres de Empleo.
- Artículo 12. Financiación de los Talleres de Empleo. 2 redacciones · cambió el 06/07/2013
- Artículo 13. Transferencia y justificación de fondos.
- Artículo 14. Garantías.
- Artículo 15. Obligaciones de las entidades promotoras, control y publicidad.
- Artículo 16. Incumplimiento de obligaciones y reintegro de subvenciones.
- Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional segunda. Derecho supletorio.
- Disposición adicional tercera. Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional cuarta. Subvención de la indemnización por residencia en los proyectos a desarrollar en las ciudades de Ceuta y Melilla y otros territorios por órganos de la Administración General del Estado.
- Disposición transitoria primera. Transición al euro.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Condicionamiento presupuestario de las subvenciones.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- Anexo I
- Anexo II


