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Legislación › Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento de autorización previsto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios.

Artículo 9. Extinción de la autorización.

Artículo 9. Extinción de la autorización.

Las autorizaciones administrativas otorgadas al amparo del presente Reglamento quedarán extinguidas, en los siguientes supuestos:

a) Por renuncia de su titular.

b) Por desaparición de las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

c) Por incumplimiento de las condiciones a que estuvieran subordinadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 7.3 y 8.5 del presente Reglamento.

d) Por incumplimiento de la obligación de comunicación establecida en el artículo 8.1 del presente Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.2.

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