Legislación › Real Decreto 1232/2001, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento de autorización previsto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios.
Artículo 9. Extinción de la autorización.
Artículo 9. Extinción de la autorización.
Las autorizaciones administrativas otorgadas al amparo del presente Reglamento quedarán extinguidas, en los siguientes supuestos:
a) Por renuncia de su titular.
b) Por desaparición de las circunstancias que motivaron su otorgamiento.
c) Por incumplimiento de las condiciones a que estuvieran subordinadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 7.3 y 8.5 del presente Reglamento.
d) Por incumplimiento de la obligación de comunicación establecida en el artículo 8.1 del presente Reglamento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.2.


