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Legislación › Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Artículo 11. Contenido del anuncio.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de junio de 2002 y la del 27 de diciembre de 2013. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. Contenido del anuncio.
El anuncio de vacantes contendrá los siguientes datos:
a) Número de orden de la vacante.
b) Denominación, características y clasificación del destino.
c) Lugar Localidad de ubicación. residencia oficial.
d) Complemento específico singular. Componente singular del complemento específico.
e) Requisitos necesarios para ocuparla.
f) Plazo de presentación de las solicitudes.
g) En su caso, baremo aplicable para la asignación del destino.
h) Tiempos máximo y mínimo de permanencia, cuando proceda.
i) Fecha de efectividad del destino, si es a vacante prevista.
j) Cualquier otra información que se considere necesaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de diciembre de 2013 En vigor BOE-A-2013-13618 Leer Qué cambió
4 de junio de 2002 Texto original Leer

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