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Legislación › Ley 9/2001, de 15 de octubre, de creación de la entidad pública «Bomberos del Principado de Asturias».

Artículo 6. Obligación de promoción del Principado de Asturias.

Artículo 6. Obligación de promoción del Principado de Asturias.

El Principado de Asturias promoverá actividades de sensibilización y educación entre los ciudadanos acerca de sus responsabilidades públicas en materia de prevención y extinción de incendios y de salvamentos.

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