Legislación › Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
Artículo 58. Solicitud de nulidad o caducidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 2002 y la del 14 de enero de 2019.
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Artículo 58. Caducidad por falta de uso Solicitud de la marca. nulidad o caducidad.
En 1. Podrán presentar ante la acción de caducidad por falta de uso Oficina Española de la marca corresponderá al titular Patentes y Marcas una solicitud de la misma demostrar que ha sido usada con arreglo al artículo 39 nulidad o que existen causas justificativas de la falta de uso. No podrá declararse la caducidad del registro de la marca si, marca:
a) En los casos previstos en el intervalo entre la expiración del período de cinco años a que se refiere el los artículo 39 51 y la presentación de la demanda de caducidad, se hubiera iniciado 54.1. a), b), y c), cualquier persona física o reanudado un uso efectivo jurídica, así como las agrupaciones u organismos que representen a fabricantes, productores, prestadores de la marca ; no obstante, el comienzo servicios o la reanudación del uso en un plazo comerciantes y las asociaciones de tres meses anterior consumidores y usuarios, legalmente constituidas e inscritas conforme a la presentación de la demanda legislación estatal o autonómica que les resulte de caducidad, plazo aplicación, que empezará a correr se consideren perjudicados y tengan capacidad procesal.
b) En los casos previstos en fecha no anterior el artículo 52, las personas contempladas en las letras b) a e) del artículo 19, apartado 1.
2. La solicitud deberá formularse mediante escrito motivado y debidamente documentado, y solo se tendrá por presentada una vez que se haya pagado la tasa correspondiente.
3. Podrá dirigirse una solicitud de expiración del período ininterrumpido caducidad o de cinco años nulidad contra la totalidad o una parte de no utilización, no se tomará en cuenta si los preparativos para el inicio productos o servicios para los que esté registrada la reanudación del uso se hubieran producido después marca impugnada.
4. Podrá presentarse una solicitud de haber conocido el titular que nulidad sobre la demanda base de caducidad podría ser presentada. uno o más derechos anteriores siempre que pertenezcan todos al mismo titular.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2018-17769 | Leer | Qué cambió |
| 31 de julio de 2002 | Texto original | Leer |


