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Legislación › Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Artículo 72. Causas de nulidad.

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Artículo 72. Causas de nulidad.
Además de por las causas de nulidad previstas en los artículos 51 y 52, se declarará la nulidad del registro de una marca de garantía garantía, mediante solicitud presentada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas o mediante una demanda de reconvención en una acción por violación, cuando hubiera sido registrada contraviniendo lo dispuesto en el artículo 70, salvo que el titular de la marca, por una modificación del reglamento de uso, cumpliera las prescripciones de los citados preceptos. las citadas disposiciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2018-17769 Leer Qué cambió
31 de julio de 2002 Texto original Leer

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