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Legislación › Ley 20/2000, de 29 de diciembre, de Creación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales.

Disposición final segunda.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de febrero de 2001 y la del 1 de mayo de 2020. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final segunda.
Se faculta al Consejero o Consejera de Economía, Finanzas y Planificación para que haga las adaptaciones presupuestarias necesarias para dotar al Instituto Catalán de las Industrias Empresas Culturales de recursos económicos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2001 Texto original Leer

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