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Legislación › Ley 8/2001, de 22 de noviembre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Castilla y León.

Artículo 3. Relaciones con la Administración Autonómica.

Artículo 3. Relaciones con la Administración Autonómica.

El Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Castilla y León, se relacionará con la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León a través de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en las cuestiones relativas a aspectos corporativos e institucionales y, a través de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en lo relativo al ejercicio de la profesión de los colegiados.

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