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Legislación › Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos.

Artículo 5.

Artículo 5.

Otros fines específicos son: la salvaguardia y observancia de los principios deontológico y ético-sociales de la profesión geológica y la aplicación de los mismos, el fomento de la solidaridad entre los geólogos, la gestión a todos los niveles del aumento cualitativo y cuantitativo de puestos de trabajo, así como evitar la competencia desleal y el intrusismo en campos de actividad profesional de los geólogos.

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