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Legislación › Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos.

Artículo 51.

Artículo 51.

1. Los miembros de la Junta de Gobierno son elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto sobre candidaturas.

2. Dichas candidaturas podrán ser conjuntas para varios cargos, o individuales para cargos determinados.

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