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Legislación › Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este Real Decreto entrará en vigor a partir del momento en que las Comunidades Autónomas concedan las autorizaciones pertinentes a algún sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados que cumpla los requisitos establecidos en el mismo y, en todo caso, a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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