Legislación › Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este Real Decreto entrará en vigor a partir del momento en que las Comunidades Autónomas concedan las autorizaciones pertinentes a algún sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados que cumpla los requisitos establecidos en el mismo y, en todo caso, a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


