Legislación › Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
Lo previsto en el artículo 6.2 de esta Ley podrá aplicarse a las inversiones de la Ley 29/1990, de 26 de diciembre, del Fondo de Compensación Interterritorial.
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