Legislación › Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Disposición adicional vigésima primera. Aplicación del «Régimen Fiscal de la Investigación y Explotación de Hidrocarburos» establecido en el capítulo X del Título VIII de la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 1 de enero de 2003.
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Disposición adicional vigésima primera. Aplicación del «Régimen Fiscal de la Investigación y Explotación de Hidrocarburos» establecido en el capítulo X del Título VIII de la Ley 43/1995, del Impuesto sobre Sociedades.
En los períodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2002 el régimen fiscal previsto en el capítulo X del Título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades tan sólo será de aplicación por las entidades que tuvieran derecho a su aplicación antes del 31 de diciembre de 2001. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2003 En vigor | BOE-A-2002-25412 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | Texto original | Leer |
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