Legislación › Real Decreto 88/2001, de 2 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".
Artículo 2. Régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de febrero de 2001 y la del 24 de marzo de 2010.
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Artículo 2. Régimen jurídico.
El Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» “Esteban Terradas” se rige por lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por el Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública; por el Real Decreto legislativo 1091/1988, 30/2007, de 23 30 octubre, de septiembre, Contratos del Sector Público; por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 47/2003, de 26 noviembre, General Presupuestaria; por el texto articulado de la Ley 33/2003, de Patrimonio 3 noviembre, del Estado, aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 Patrimonio de abril; las Administraciones Públicas; por el artículo 61 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas Fiscales, Administrativas y del orden social; Orden Social; por el presente Estatuto, y por las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4768 | Leer | Qué cambió |
| 7 de febrero de 2001 | Texto original | Leer |


