Legislación › Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo.
Artículo 9. El Gobierno de Aragón.
Artículo 9. El Gobierno de Aragón.
Corresponde al Gobierno de Aragón:
a) Aprobar la propuesta de Plan director de cooperación para el desarrollo, previo informe del Consejo Aragonés de Cooperación para el Desarrollo, y remitirla a las Cortes de Aragón para su aprobación.
b) Aprobar el Plan anual de cooperación para el desarrollo, previo informe del Consejo Aragonés de Cooperación para el Desarrollo, y dar cuenta de su aprobación a las Cortes de Aragón.


