Legislación › Orden de 21 de diciembre de 2000 por la que se crea la Comisión calificadora de documentos administrativos del Ministerio del Interior y se regula el acceso a los archivos de él dependientes.
Segundo. Adscripción y composición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de enero de 2001 y la del 6 de abril de 2014.
Tachado: lo que se quitó (206 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Segundo. Adscripción y composición.
1. La Comisión dependerá orgánica y funcionalmente de la Secretaría General Técnica. (Derogado)
2. La Citada Comisión tendrá la siguiente composición:
Presidente: El Secretario general técnico.
Vocales:
a) Formarán parte de la Comisión, en calidad de Vocales, un representante con rango de Subdirector general o asimilado, de cada uno de los siguientes órganos directivos:
1. Gabinete del Ministro.
2. Secretaría de Estado de Seguridad.
3. Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración.
4. Subsecretaría.
5. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
6. Dirección General de la Policía.
7. Dirección General de la Guardia Civil.
8. Dirección General de Instituciones Penitenciarias.
9. Dirección General de Tráfico.
10. Dirección General de Política Interior.
11. Dirección General de Protección Civil.
12. Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
b) Formarán parte asimismo de la Comisión:
1. El Jefe de la Abogacía del Estado en el Departamento.
2. Hasta dos Vocales designados por el Ministro del Interior entre personas de reconocido prestigio profesional en materias como Archivística y la Historia Contemporánea, relacionadas con las competencias asignadas a esta Comisión.
3. El Subdirector general de Estudios y Relaciones Institucionales.
4. El responsable del Archivo General del Departamento, que ejercerá, además, la Secretaría de la Comisión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de abril de 2014 En vigor | BOE-A-2014-3653 | Leer | Qué cambió |
| 5 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


