Legislación › Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General.
Artículo 36. De la competencia genérica.
Artículo 36. De la competencia genérica.
Corresponde a los Colegios, en su ámbito territorial, el ejercicio de las funciones que les atribuye el artículo 5 de la Ley de Colegios Profesionales y el artículo 3 de estos Estatutos.


