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Legislación › Real Decreto 3428/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Químicos y de su Consejo General.

Artículo 5. Estatutos colegiales.

Artículo 5. Estatutos colegiales.

Los Colegios elaborarán y aprobarán en Juntas Generales sus Estatutos particulares para regular su funcionamiento.

Asimismo, podrán elaborar y aprobar, en Juntas Generales, sus Reglamentos de régimen interior, en los que desarrollarán las normas estatutarias adaptándolas a sus peculiares características.

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