Legislación › Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 87. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2001 y la del 31 de diciembre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 87. Plazos.
1. El plazo máximo de resolución de los procedimientos de gestión tributaria será de seis meses, salvo que la normativa aplicable fije un plazo distinto. Las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la propia Administración interrumpirán tributaria y los periodos de suspensión del plazo que se produzcan conforme a lo previsto en esta ley foral no se incluirán en el cómputo del plazo para resolverlo. de resolución.
2. Si venciere el plazo de resolución en los procedimientos iniciados a instancia de parte, sin que el órgano competente la hubiera dictado expresamente, se producirán los efectos que establezca su normativa específica. A estos efectos, todo procedimiento de gestión tributaria deberá tener expresamente regulado el régimen del silencio administrativo que le corresponda.
3. Queda excluido de las previsiones anteriores el procedimiento de apremio, cuyas actuaciones podrán extenderse hasta el plazo de prescripción de la acción de cobro.
4. En la reglamentación de la gestión tributaria se señalarán los plazos a los que habrá de ajustarse la realización de los respectivos trámites.
La inobservancia de plazos por la Administración no implicará la caducidad de la acción administrativa, pero autorizará a los sujetos pasivos para reclamar en queja.
Asimismo podrá reclamarse en queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización del procedimiento u omisión de trámites que puedan subsanarse antes de la resolución definitiva del asunto.
La estimación de la queja dará lugar, si hubiera razones para ello, a la incoación de expediente disciplinario contra el funcionario responsable.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1355 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | BOE-A-2018-801 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2015 | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2001 | Texto original | Leer |


