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Legislación › Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

Disposición adicional trigésima octava. Medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas durante 2023.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2022 y la del 1 de enero de 2025. Tachado: lo que se quitó (43 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional trigésima octava. Medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas durante 2023.
A las solicitudes de concesión de aplazamientos o de fraccionamientos de deuda tributaria que sean realizadas durante el año 2023 y cuya gestión recaudatoria tenga encomendada el departamento competente en materia tributaria se les aplicará lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-719 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2022 BOE-A-2023-3349 Leer

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