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Legislación › Ley 6/2000, de 19 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional única. Funciones del Consejo de colegios Profesionales.

Disposición adicional única. Funciones del Consejo de colegios Profesionales.

El Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha podrá asumir, cuando proceda, las funciones que la Ley 10/1999, de 26 de mayo, determina para los Consejos Profesionales de Castilla-La Mancha.

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