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Legislación › Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Artículo 11. Estructura en el ámbito estatal.

Artículo 11. Estructura en el ámbito estatal.

El Colegio, en su ámbito estatal, se organiza, según lo establecido en los artículos siguientes de esta sección, por medio de:

a) La Asamblea General.

b) El Consejo.

c) La Comisión Permanente.

d) El Presidente.

e) Los Vicepresidentes.

f) El Secretario general.

g) El Tesorero general.

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