Legislación › Ley 3/2000, de 12 de julio, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia e Implantación del Canon de Saneamiento.
Artículo 2. Interés regional.
Artículo 2. Interés regional.
Son de interés de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la planificación, la construcción, la gestión, la conservación y la explotación de las obras e instalaciones a que se refiere el artículo 1.


