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Legislación › Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Artículo 86. Planificación y programación.

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Artículo 86. Planificación y programación.
1. La investigación pesquera y oceanográfica integrará sus programas de actuación en el Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
2. Se promoverán acciones conjuntas con las Comunidades Autónomas para la instrumentación, desarrollo y ejecución de programas de investigación pesquera y oceanográfica.
3. Los agentes activos del sector pesquero podrán intervenir en la planificación, programación y determinación de los objetivos.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-7052 Leer Qué cambió
17 de abril de 2001 Texto original Leer

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