Legislación › Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
ANEXO II
ANEXO II
Fuentes de radiaciones ionizantes
Los productos alimenticios sólo podrán tratarse con los siguientes tipos de radiaciones ionizantes:
a) Rayos gamma procedentes de radionucleidos cobalto 60 o cesio 137.
b) Rayos X generados por aparatos que funcionen con una energía nominal (energía cuántica máxima), igual o inferior a 5 MeV.
c) Electrones generados por aparatos que funcionen con una energía nominal (energía cuántica máxima), igual o inferior a 10 MeV.


