Legislación › Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del Exterior.
Artículo 15. El Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
Artículo 15. El Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
1. Para el cumplimiento de los fines establecidos en la presente Ley, se crea, como órgano consultivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior.
2. El Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior estará adscrito al Departamento competente en las relaciones institucionales.


