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Legislación › Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III".

Artículo 14. Subdirecciones Generales y otros órganos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de abril de 2001 y la del 30 de mayo de 2005. Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (115 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 14. Subdirecciones Generales. Generales y otros órganos.
1. Como órganos responsables inmediatos dependientes del Director, en las competencias que se les asignan, se determinan las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Secretaría General.
b) La
Subdirección General: General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación.
1. c) La Subdirección General de Gestión Económica Evaluación y Recursos Humanos.
2. Secretaría Técnica.
Fomento de la Investigación.
3. d) La Subdirección General de Redes y Centros de Investigación Sanitaria. Cooperativa.
4. e) La Subdirección General de Planificación Investigación en Terapia Celular y Coordinación Docente. Medicina Regenerativa.
5. f) La Subdirección General de Epidemiología y Centros Nacionales Programas Internacionales de Salud Pública. Investigación y Relaciones Institucionales.
6. Agencia 2. Del Director dependerán, con el nivel orgánico que se determine en la relación de Evaluación puestos de Tecnologías Sanitarias. trabajo, la Unidad de Calidad y Planificación, cuya función es coordinar a los distintos centros y unidades del Instituto en las actividades de evaluación para promover su acreditación y promocionar una cultura de calidad de los servicios, y la Unidad de Apoyo, que prestará asesoramiento y asistencia directa al Director.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de noviembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-18289 Leer Qué cambió
30 de mayo de 2005 BOE-A-2005-8836 Leer Qué cambió
28 de abril de 2001 Texto original Leer

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