Legislación › Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo.
Disposición final segunda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de marzo de 2001 y la del 14 de abril de 2010.
Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Disposición final segunda.
Se autoriza al Gobierno Consejero competente en materia de Navarra, Cooperación al Desarrollo, oído el Consejo Navarro de Cooperación al Desarrollo, para la actualización periódica de las cuantías de las multas previstas económicas fijadas en el artículo 33 de esta Ley Foral.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-8389 | Leer | Qué cambió |
| 17 de marzo de 2001 | Texto original | Leer |
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