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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 119. Tarifas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2009 y la del 30 de diciembre de 2009. Tachado: lo que se quitó (161 palabras). Subrayado: lo que se añadió (267 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 119. Tarifas.
La tasa se exigirá según las siguientes tarifas:
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Euros
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TARIFA 1 ·
Tarifa 1.
·
Transporte de Mercancías: Mercancías.
·
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1.1 Otorgamiento, rehabilitación, visado o modificación de las autorizaciones de transporte público o privado complementario de mercancías mercancías.
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25,00 26,00
por vehículo
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TARIFA 2 ·
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1.2 Expedición del Certificado previo a la matriculación o cambio de titularidad de un vehículo sin expedición de autorización de transporte.
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8,00
por certificado
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·
Tarifa 2.
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Transporte de Viajeros: Viajeros.
·
·
·
·
2.1 Otorgamiento, rehabilitación, visado o modificación de las autorizaciones de transporte público discrecional o privado complementario de viajeros viajeros.
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25,00 26,00
por
autorización
a la empresa
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2.2 Expedición de copias certificadas de autorizaciones por vehículo vehículo.
·
10,00 11,00
por copia
certificada
·
·
·
2.3 Otorgamiento o renovación de autorizaciones de transporte público regular de viajeros de uso especial especial.
·
25,00 26,00
por autorización
·
TARIFA 3 ·
Tarifa 3.
·
Otorgamiento, rehabilitación, prórroga, prorroga, visado o modificación de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con o sin conductor conductor.
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·
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·
3.1 De arrendamiento de vehículos con conductor conductor.
·
25,00 26,00
por vehículo
·
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3.2 De arrendamiento de vehículos sin conductor conductor.
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80,00 84,00
por sujeto pasivo
·
TARIFA 4 ·
Tarifa 4.
·
Otorgamiento, renovación o modificación de autorizaciones para el establecimiento de agencias actividades auxiliares del transporte (operador de transporte, transitarios, almacenista-distribuidor, sea central o sucursal transporte).
·
50,00 52,00
por sujeto pasivo
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TARIFA 5
·
Otras tasas:
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5.1 Por derechos de presentación a examen para obtención del título de capacitación profesional de transportista y de actividades auxiliares del transporte
Tarifa 5.
·
11,00
·
Otras tasas.
·
5.2 Por expedición del título de capacitación profesional de transportista y de actividades auxiliares del transporte
·
25,00
·
·
5.3 5.1 Por legalización, diligenciado o sellado de libros o documentos obligatorios obligatorios.
·
10,00
·
·
5.4 ·
5.2
Por expedición de duplicados de las autorizaciones autorizaciones.
·
15,00 17,00
·
·
5.5 ·
5.3
Por emisión de informes escritos en relación con los datos que figuren en el Registro General de Transportistas y expedición de Empresas certificado de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte conductor.
·
27,00
·
·
5.5.1 En relación con datos referidos a persona, autorización, vehículo o empresa específica ·
5.4 Por expedición de la tarjeta de tacógrafo digital.
·
25,00 41,00
·
·
5.5.2 En relación con datos Tarifa 6.
·
Tasas
de carácter general o global examen y expedición de títulos.
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200,00 ·
·
·
5.5.3 6.1 Por expedición derechos de presentación a examen para la obtención del título de capacitación profesional de transportista, para la obtención o renovación del título de consejero de seguridad o para la obtención del certificado de conductor: aptitud profesional de conductor.
·
22,00 11,00
·
·
5.6 ·
6.2
Por expedición del titulo de la tarjeta capacitación profesional de tacógrafo digital transportista y expedición o renovación del título de consejero de seguridad.
·
39,00 26,00
·
TARIFA 6 ·
Tarifa 7.
·
Tasas Cualificación inicial y Formación continua de conductores: conductores.
·
·
·
6.1 Homologación ·
7.1 Autorización
de centros centros.
·
315,00 325,00
·
·
6.2 ·
7.2
Visado Centros de centros.
·
160,00 170,00
·
·
6.3 ·
7.3
Homologación cursos de cursos.
·
110,00 120,00
·
·
6.4 ·
7.4
Expedición y renovación de la tarjeta de aptitud de conductor.
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22,00 25,00
·
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Tarifa 8.
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Por emisión de informes escritos
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8.1 En relación con datos referidos a persona, autorización, vehículo o empresa específica que figuren en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte o en otros Registros de los Servicios de la Dirección General de Transportes.
·
25,00
·
·
·
8.2 Por actuaciones del concepto anterior, en relación con datos de carácter general o global
·
200,00

·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-888 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-501 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3431 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2009 BOE-A-2010-2630 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-3960 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-1077 Leer Qué cambió
29 de marzo de 2003 BOE-A-2003-8524 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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