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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 128. Devolución.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2004 y la del 1 de enero de 2005. Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 128. Fianzas.
Para responder de los daños que puedan producirse en las carreteras como consecuencia de las autorizaciones concedidas, podrá exigirse el depósito de las siguientes fianzas:
·
·
Euros
·
1. 1
·
Cruce de carretera con «Topo». “Topoˮ
·
650 700
·
2. 2
·
Cruce de carretera subterráneo.
·
650 700
·
3. 3
·
Cruce aéreo Línea Alta Tensión.
·
650 700
·
4. 4
·
Cruce aéreo Línea Baja Tensión.
·
165 180
·
5. 5
·
Accesos a fincas.
·
165 180
·
6. 6
·
Explotaciones madereras. Madereras.
·
650 700
·
7. 7
·
Cruces de carretera con obras de fábrica o puentes y desvíos provisionales.
·
6 por 100
% del presupuesto
de la obra (mínimo 650 700 euros)
·
8. 8
·
Otras autorizaciones.
·
200 220
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2018-801 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-888 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3431 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2009 BOE-A-2010-2630 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-3960 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-1077 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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