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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 146. Bases y tipos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (312 palabras). Subrayado: lo que se añadió (388 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 146. Bases y tipos.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes bases y tipos:
·
·
Euros
·
Tarifa 1. Por los servicios facultativos correspondientes a la extensión 1
·
Extensión
de la guía las guías de origen y sanidad, y certificado sanitario certificados sanitarios de transporte internacional, documentos que acreditan que los animales proceden certificados de zona no infectada procedencia de zonas libres de enfermedad y que de no padecen padecer enfermedades infecciosas, contagiosas o parasitarias difundibles, difusibles, necesarios para la circulación del ganado, y en cumplimiento de lo que dispone la normativa vigente:
·
·
ganado.
Pesetas ·
Euros ·
1. ·
1.1 Équidos y bóvidos, por cabeza. · bóvidos.
200 ·
1,20 por cabeza
·
·
1.1.1 Équidos y bóvidos para deporte. ·
500 ·
3 3,00 por cabeza
·
2. ·
2. Ovinos-caprinos y cérvidos, por cabeza. · cérvidos.
20 ·
0,12 · por cabeza
3. ·
Porcinos, por cabeza: ·
3. Porcinos.
·
·
·
3.1 Con destino a recría y cebo. ·
20 ·
0,12 por cabeza
·
·
3.2 Con destino a matadero. ·
30 ·
0,18 0,20 por cabeza
·
·
3.3 Con destino a reproducción. ·
60 ·
0,36 0,40 por cabeza
·
4. ·
4. Aves y conejos, por cabeza: · conejos.
·
·
·
4.1 Con destino a vida y sacrificio. ·
1 ·
0,006 por cabeza
·
·
4.2 Avestruces. ·
200 ·
1,20 por cabeza
·
5. ·
5. Colmenas. ·
100 por unidad de colmena ·
0,60 por unidad de colmena
·
6. ·
6. Peces. ·
2 por kilogramo ·
0,012 por kilogramo
·
7. ·
7. Otros animales no relacionados en la secuencia de las secuencias 1 a 6 de esta tarifa.
·
Se aplicará el 0,25 por 100 % del valor estimado del animal
·
La cuantía máxima para ·
Para
la expedición de guías de origen y sanidad y de certificados sanitarios de transporte internacional internacional, la cuantía máxima, para todas las especies especies, será de 4.992 pesetas (30 euros), 30 euros, excepto para el ganado trashumante que será de 1.497 (9 euros) pesetas 9 euros por rebaño.
Igualmente, independientemente del número
tipo de cabezas por las que se extienda ganado; la guía o el certificado sanitario de transporte internacional, el mínimo a cobrar cuantía mínima será de 200 pesetas (1,20 euros). 1,20 euros.
En todos los casos las tasas serán incrementadas con el valor de los impresos. ·
·
Tarifa 2. Cuando 2
·
Circunstancias especiales en la expedición de documentos.
·
·
·
1. Cuando,
por las circunstancias que fuere, la expedición de los documentos señalados en la tarifa Tarifa 1 se expidan realicen fuera de los días y horario de trabajo horarios establecidos por para la Administración Pública correspondiente, las tasas serán el de la Comunidad Foral.
·
El
doble de las tasas establecidas en la Tarifa 1
·
·
2. Cuando la expedición de los documentos señalados en la
tarifa 1. 1 se realice por medios telemáticos.
·
1 euro por documento
·
Euros ·
3. Por la entrega de Documentos de Traslado para realizar movimientos de ganado dentro de Navarra.
·
1 euro por documento
·
Tarifa 3. 3
·
Por aplicación de productos biológicos en campañas obligatorias de profilaxis pecuaria y en los demás casos en que su aplicación venga exigida por la normativa vigente, serán por cabeza: cabeza.
·
·
·
1. Équidos y bóvidos bóvidos.
·
0,66 0,70
·
·
2. Porcinos: Porcinos.
·
·
·
2.1 Lechones Lechones.
·
0,20
·
·
2.2 De cebo cebo.
·
0,33 0,40
·
·
2.3 Reproductores Reproductores.
·
0,50
·
·
3. Ovinos y caprinos: caprinos.
·
·
·
3.1 De 1 a 20 cabezas cabezas.
·
0,33 0,40
·
·
3.2 De 20 a 100 cabezas cabezas.
·
6,62 por ·
·
Por
las 20 primeras y a 0,20 el primeras.
·
7,00
·
·
El
resto a.
·
0,20
·
·
3.3 De 100 en adelante adelante.
·
22,61 por ·
·
Por
las 100 primeras y el primeras.
·
23,00
·
·
El
resto a 0,17 a.
·
0,20
·
En todos los casos, a las tarifas Tarifas señaladas anteriormente se les sumará el importe de los impresos y productos aportados por la administración. Administración.
·
·
Euros
·
Tarifa 4. 4
·
Por la toma de muestras y aplicación de productos para el diagnóstico de epizootías epizootias exigidas por la legislación vigente, se exigirá por cabeza: cabeza.
·
·
·
1. Équidos y bóvidos bóvidos.
·
4,96 5,00
·
·
Con un máximo por explotación y día de.
·
600,00
·
·
2. Ovinos y caprinos caprinos.
·
0,50
·
·
Con un máximo por explotación y día de.
·
600,00
·
·
3. Porcinos Porcinos.
·
1,65 1,70
·
·
Con un máximo por explotación y día de.
·
600,00
·
·
4. Avestruces Avestruces.
·
4,96 5,00
·
·
Con un máximo por explotación y día de.
·
600,00
·
·
5. Otras aves y conejos conejos.
·
0,50
·
·
Con un máximo por explotación y día de.
·
600,00
·
Tarifa 5. 5
·
Reseña de équidos, por animal animal.
·
19,85 20,00
·
Tarifa 6. 6
·
Por la expedición de otros certificados o documentos que contengan datos sobre la explotación, censo o estado sanitario sanitario.
·
6,62 7,00
·
Tarifa 7. 7
·
Por el registro de agentes que efectúan intercambios intracomunitarios de animales vivos, y el registro de vehículos que transportan animales vivos vivos.
·
16,55 25,00
·
Tarifa 8. 8
·
Por actuación de veterinarios en espectáculos taurinos: taurinos.
·
·
·
1. Corridas de toros y novilladas con picadores, por veterinario:
·
·
1.1 En la Plaza de Toros de Pamplona
·
238,58
veterinario.
·
1.2 En otras plazas 250,00
·
179,02
·
2. Otros espectáculos taurinos, por veterinario.
·
·
2.1 En la Plaza de Toros de Pamplona
·
165,45
·
2.2 En otras plazas
250,00
·
119,34
·
3. Certámenes ganaderos, por veterinario veterinario.
·
250,00
·
Tarifa 9. 9
·
Por expedición de documentos y unidades de identificación relacionados con la explotación ganadera y los animales: animales.
·
·
·
1. Por inscripción o modificación en el registro de explotaciones ganaderas ganaderas.
·
3,31 3,50
·
·
2. Por expedición de la tarjeta ganadera ganadera.
·
3,31 3,50
·
·
3. Por cada unidad de identificación de bovinos (crotales) (crotales).
·
0,66 0,70
·
·
4. Por cada crotal de bovino duplicado duplicado.
·
1,99 2,00
·
·
5. Por emisión de documento de identificación de bovino duplicado duplicado.
·
6,62 7,00
·
·
6. Por la realización de la identificación ovina con bolo ruminal.
·
0,50
·
Tarifa 10. 10
·
Por análisis de muestras remitidas al Laboratorio Pecuario:
·
Pecuario.
·
Pesetas/Determinación ·
Euros/Determinación ·
1. ·
Análisis serológicos: · serológicos.
·
·
·
1.1 Aglutinación rápida. ·
150 ·
0,90
·
·
1.2 Aglutinación en placa. ·
500 ·
3 3,00
·
·
1.3 Fijación de complemento. ·
749 ·
4,50
·
·
1.4 Inmunodifusión radial. ·
500 ·
3 3,00
·
·
1.5 Inhibición hemoglutinación. ·
500 ·
3 3,00
·
·
1.6 Elisa. ·
500 ·
3 3,00
·
2. ·
2. Análisis microbiológicos: · microbiológicos.
·
·
·
2.1 Determinación enterobacterias, clostridium. ·
1.497 ·
9 9,00
·
·
2.2 Determinación salmonelas. ·
3.494 ·
21 21,00
·
Tarifa 11. 11
·
Por inscripción en el Registro oficial de establecimientos: establecimientos.
·
·
·
1. Inscripción en el Registro oficial de establecimientos e intermediarios relacionados con la alimentación animal animal.
·
150,00
·
·
2. Inscripción en el Registro oficial de establecimientos relacionados con los medicamentos veterinarios veterinarios.
·
150,00
·
·
3. Inscripción en el Registro oficial de centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado por carretera.
·
150,00
·
·
4. Inscripción en el registro oficial de establecimientos relacionados con subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.
·
150,00
·
·
5. Otras inscripciones oficiales de establecimientos establecimientos.
·
150,00
·
·
6. Por renovación de inscripciones inscripciones.
·
9,00 10,00
·
·
7. Inscripción de vehículos relacionados con alimentación animal.
·
25,00

·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-888 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-501 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3431 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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