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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 146. Bases y tipos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 31 de diciembre de 2013. Tachado: lo que se quitó (68 palabras). Subrayado: lo que se añadió (108 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 146. Bases y tipos.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes bases y tipos:
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Euros
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Tarifa 1
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Extensión de Guías de origen y sanidad, certificados sanitarios de transporte internacional (TRACES) o documentación equivalente. La cuantía mínima por documento será de 1,20 € y la cuantía máxima de 30 €.
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1. Équidos, bovinos y ratites:
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1,20 por cabeza
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2. Ovinos, caprinos, cérvidos y otros pequeños rumiantes.
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0,12 por cabeza
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·
3. Porcinos.
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0,15 por cabeza ·
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4. Aves, conejos y liebres.
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0,006 por cabeza ·
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5. Huevos incubación y pollito 1 día.
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0,001 por huevo o pollito
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6. Colmenas.
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0,60 por unidad de colmena
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7. Peces.
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0,012 por kilogramo
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8. Otros animales no contemplados en los puntos anteriores.
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0,25 por 100 del valor estimado del animal ·
Tarifa 2
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Circunstancias especiales en la expedición de documentos.
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1. Cuando, por las circunstancias que fuere, la expedición de los documentos señalados en la Tarifa 1 se realicen fuera de los días y horarios establecidos para la Administración de la Comunidad Foral.
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El doble de las establecidas en la Tarifa 1
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2. Cuando Por la expedición entrega de los documentos señalados en la tarifa 1 se realice por medios telemáticos. Documentos de Traslado para realizar movimientos de ganado dentro de Navarra:
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1 euro por documento
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3. Por la entrega de Documentos realización de Traslado la inspección a la explotación necesaria para realizar movimientos la expedición de ganado dentro un documento de Navarra. exportación TRACES. Tasa por inspección.
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1 euro por documento 50
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Tarifa 3
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Por aplicación de productos biológicos en campañas obligatorias de profilaxis pecuaria y en los demás casos en que su aplicación venga exigida por la normativa vigente, serán por cabeza.
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1. Équidos y bóvidos.
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0,70
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2. Porcinos.
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2.1 Lechones.
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0,20
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2.2 De cebo.
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0,40
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2.3 Reproductores.
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0,50
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3. Ovinos y caprinos.
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·
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3.1 De 1 a 20 cabezas.
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0,40
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3.2 De 20 a 100 cabezas.
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Por las 20 primeras.
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7,00
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El resto a.
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0,20
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3.3 De 100 en adelante.
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Por las 100 primeras.
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23,00
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El resto a.
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0,20
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En todos los casos, a las Tarifas señaladas anteriormente se les sumará el importe de los impresos y productos aportados por la Administración.
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·
Euros
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Tarifa 4
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Por la toma de muestras y aplicación de productos para el diagnóstico de epizootias exigidas por la legislación vigente, se exigirá por cabeza.
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1. Équidos y bóvidos.
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5,00
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Con un máximo por explotación y Del animal 150 saneado en el día de. en adelante:
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600,00 3,00
·
·
2. Ovinos y caprinos.
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0,50
·
·
Con un máximo por explotación y Del animal 500 saneado en el día de. en adelante:
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600,00 0,30
·
·
3. Porcinos.
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1,70 2,00
·
·
Con un máximo por explotación y Del animal 150 saneado en el día de. en adelante:
·
600,00 1,50
·
·
4. Avestruces.
·
5,00
·
·
Con un máximo por explotación y Del animal 150 saneado en el día de. en adelante:
·
600,00 3,00
·
·
5. Otras aves y conejos.
·
0,50
·
·
Con un máximo por explotación y Del animal 500 saneado en el día de. en adelante:
·
600,00 0,30
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·
6. Por desplazamiento, toma de muestra y análisis de la misma para cumplir con programa vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (EET). Tasa por animal ·
25,00
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Tarifa 5
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Reseña de équidos, por animal.
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20,00
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Tarifa 6
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Por la expedición de otros certificados o documentos que contengan datos sobre la explotación, censo o estado sanitario.
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7,00
·
Tarifa 7
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Por el registro de agentes que efectúan intercambios intracomunitarios de animales vivos, y el registro de vehículos que transportan animales vivos.
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25,00
·
Tarifa 8
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Por actuación de veterinarios en espectáculos taurinos.
·
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·
1. Corridas de toros y novilladas con picadores, por veterinario.
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250,00
·
·
2. Otros espectáculos taurinos, por veterinario.
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250,00
·
·
3. Certámenes ganaderos, por veterinario.
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250,00
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Tarifa 9
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Por expedición de documentos y unidades de identificación relacionados con la explotación ganadera y los animales.
·
·
·
1. Por inscripción o modificación en el registro de explotaciones ganaderas.
·
3,50
·
·
2. Por expedición de la tarjeta ganadera.
·
3,50
·
·
3. Por cada unidad de identificación de bovinos (crotales).
·
0,70
·
·
4. Por cada crotal de bovino duplicado.
·
2,00
·
·
5. Por emisión de documento de identificación de bovino duplicado.
·
7,00
·
·
6. Por la realización de la identificación de ovino y caprino (crotal visual más crotal electrónico o bolo ruminal)
·
3,00
·
·
7. Por cada unidad de identificación de ovino, o caprino (bolo ruminal más crotal visual, o crotal electrónico más crotal visual).
·
1,00 ·
·
8. Por cada bolo Ruminal, crotal electrónico o crotal visual, para ovino o caprino, duplicados. ·
1,20 ·
·
9. Por cada unidad de identificación de équidos (microchip o crotal electrónico).
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1,00 ·
·
10. Por emisión de pasaporte equino duplicado o sustitutivo.
·
7,00 ·
·
11. Por cada microchip o crotal electrónico de equino duplicado.
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2,00 ·
Tarifa 10
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Por análisis de muestras remitidas al Laboratorio Pecuario.
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·
1. Análisis serológicos:
·
·
·
1.1 Aglutinación rápida.
·
0,90
·
·
1.2 Aglutinación en placa.
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3,00
·
·
1.3 Fijación de complemento.
·
4,50
·
·
1.4 Inmunodifusión radial.
·
3,00
·
·
1.5 Inhibición hemoglutinación.
·
3,00
·
·
1.6 Elisa.
·
3,00
·
·
2. Análisis microbiológicos:
·
·
·
2.1 Determinación enterobacterias, clostridium.
·
9,00
·
·
2.2 Determinación salmonelas.
·
21,00
·
·
3. Análisis de enfermedades: ·
·
·
3.1 Bovino IBR. ·
·
·
3.2 Bovino neosporas. ·
3,00 ·
·
3.3 Bovino BVD. ·
3,00 ·
·
3.4 Bovino paratuberculosis. ·
3,00 ·
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3.5 Ovino-caprino brucela ovis. ·
3,00 ·
·
3.6 Ovino-caprino paratuberculosis. ·
3,00 ·
·
3.7 Ovino-caprino agalaxia. ·
3,00 ·
·
3.8 Conejos mixomatosis. ·
1,50 ·
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3.9 Conejos enteropatía mucoide. ·
1,50 ·
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4. Análisis de genotipado: ·
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4.1 Ovino-caprino genotipado. ·
5,00 ·
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4.2 Ovino-caprino prueba paternidad. ·
10,00 ·
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4.2 Equino genotipado. ·
15,00 ·
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4.3 Equino prueba paternidad. ·
15,00 ·
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4.4 Vacuno genotipado. ·
30,00 ·
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4.5 Vacuno prueba paternidad. ·
15,00 ·
Tarifa 11
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Por inscripción en el Registro oficial de establecimientos.
·
·
·
1. Inscripción en el Registro oficial de establecimientos e intermediarios relacionados con la alimentación animal.
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150,00
·
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2. Inscripción en el Registro oficial de establecimientos relacionados con los medicamentos veterinarios.
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150,00
·
·
3. Inscripción en el Registro oficial de centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de ganado por carretera.
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150,00
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4. Inscripción en el registro oficial de establecimientos relacionados con subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.
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150,00
·
·
5. Otras inscripciones oficiales de establecimientos.
·
150,00
·
·
6. Por renovación de inscripciones.
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10,00
·
·
7. Inscripción de vehículos relacionados con alimentación animal.
·
25,00
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-888 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-501 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3431 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2208 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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