Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
Artículo 37. Sujeto pasivo.
Artículo 37. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten alguna prestación de los servicios a los que se refiere el artículo anterior.


