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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 81. Sujetos pasivos.

Artículo 81. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa aquellas personas físicas o jurídicas a las que se presten los servicios o para las que se ejecuten los trabajos contenidos en el artículo 83 de esta Ley Foral.

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