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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

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Disposición final primera. Entrada en vigor.
La presente Ley Foral entrará en vigor el día 1 de abril de 2001 y será aplicable a las tasas y precios públicos cuyo devengo o nacimiento de la obligación de pago, respectivamente, sean posteriores a la indicada fecha.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el inicio de la exacción de las tasas contempladas en el capítulo II del título IX de la presente Ley Foral se fijará en el Reglamento que se apruebe en desarrollo de la misma, en correspondencia con su exigencia en las Comunidades Autónomas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-2355 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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