LexTotal

Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

[Información relacionada]

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 31 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (129 palabras). Volver al texto en vigor

Información relacionada
Téngase en cuenta que, con efectos de 1 de enero de 2012, los tipos de cuantía fija de las tasas reguladas por esta ley se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,04 al importe exigible durante el año 2011, excepto las tasas que hubieren sido creadas u objeto de actualización específica por normas dictadas en el año 2011. Los importes monetarios que resulten de esta actualización de tarifas deberán redondearse por exceso o por defecto al décimo de euro más próximo. Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinen por un porcentaje de la base o cuya base no se valore en unidades monetarias, todo ello según establece el art. 11.1 de la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre. BOE-A-2012-1546
Téngase en cuenta que, con efectos de 1 de
julio de 2004, las referencias efectuadas al salario mínimo interprofesional se entenderán hechas al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) creado por el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, según establece la disposición adicional 4 de la Ley Foral 19/2004, de 29 de diciembre. BOE-A-2005-1581

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer

← Disposición final segunda Índice