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Legislación › Orden de 14 de mayo de 2001 por la que se dispone la publicación de los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

Constituido el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, este ejercerá las funciones establecidas en los presentes Estatutos provisionales sin perjuicio de que al mismo se vayan incorporando los miembros de los Colegios Oficiales de Biólogos que se creen con posterioridad a su constitución. En este caso, se procederá a la nueva elección de los miembros de la Comisión Permanente.

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