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Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

Artículo 11. Control financiero.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2002 y la del 29 de mayo de 2006. Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. Control financiero.
La gestión y las cuentas anuales del Instituto se someterán al régimen de control financiero que se ejercerá por la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León mediante técnicas y procedimientos de auditoría. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2006 En vigor BOE-A-2006-10085 Leer Qué cambió
9 de mayo de 2002 Texto original Leer

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