Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Artículo 11. Control financiero.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2002 y la del 29 de mayo de 2006.
Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 11. Control financiero.
La gestión y las cuentas anuales del Instituto se someterán al régimen de control financiero que se ejercerá por la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León mediante técnicas y procedimientos de auditoría. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2006 En vigor | BOE-A-2006-10085 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


