Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Artículo 1. Creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2002 y la del 7 de julio de 2017.
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Artículo 1. Creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Se crea el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (en adelante adelante, Instituto), como Ente Público ente público que se rige fundamentalmente por el Derecho Privado, derecho privado, dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio, administración autónoma y plena capacidad de obrar para el desarrollo ejercicio de los fines sus competencias y de las actuaciones que se le encomiendan.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-9778 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2002 | Texto original | Leer |


