LexTotal

Legislación › Ley 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.

Artículo 12. Ejercicio de potestades administrativas.

Artículo 12. Ejercicio de potestades administrativas.

Sin perjuicio de las facultades de delegación previstas en los artículos siguientes, sólo podrán ser ejercidas potestades administrativas por el Consejo Rector y por el Presidente.

← Artículo 11 Índice Artículo 13 →