Legislación › Ley 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.
Artículo 23. Áreas.
Artículo 23. Áreas.
1. Corresponde al Consejo Rector, a propuesta del Director general, la determinación de las áreas en que el Instituto haya de organizarse.
2. Al frente de cada una de las áreas en que se organice el Instituto estará un titular responsable de área, que será nombrado y cesado por el Presidente de la entidad.


