Legislación › Ley 8/2002, de 3 de mayo, de Creación de la Comarca del Maestrazgo.
Artículo 8. Encomienda de gestión.
Artículo 8. Encomienda de gestión.
1. La Comarca del Maestrazgo, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, podrá realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma y de la provincia de Teruel, previa la tramitación procedente, cuando, por sus características, no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.
2. Igualmente, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, uno o varios municipios podrán realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca cuando suponga una mejora en su prestación.


