Legislación › Ley 9/2002, de 3 de mayo, de Creación de la Comarca de La Jacetania.
Artículo 2. Capitalidad.
Artículo 2. Capitalidad.
1. La Comarca de La Jacetania tiene su capitalidad en el municipio de Jaca, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.


