Legislación › Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
APÉNDICE A
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 2013 y la del 4 de diciembre de 2014.
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APÉNDICE A
Plan de vuelo y plan de vuelo repetitivo
1. Formulario de plan de vuelo modelo OACI. (Suprimido).
2. Instrucciones para completar el formulario de plan de vuelo.
2.1. Generalidades.
Síganse con exactitud los formatos prescritos y la manera de indicar los datos.
Comiéncense insertando los datos en el primer espacio. Cuando haya exceso de espacio, déjese éste en blanco.
Insértense siempre las horas con 4 cifras, UTC.
Insértense las duraciones previstas con 4 cifras (horas y minutos).
El espacio sombreado que precede a la Casilla 3 es para uso exclusivo de los servicios ATS y COM, a no ser que haya sido delegada la responsabilidad de originar los mensajes de plan de vuelo.
El término «aeródromo» en los planes de vuelo incluye también emplazamientos distintos a los definidos como aeródromos, pero que pueden ser utilizados por algunos tipos de aeronaves, por ejemplo, helicópteros o globos.
2.2. Instrucciones para la inserción de los datos ATS.
Complétense las Casillas 7 a 18 como se indica a continuación.
Complétese también la Casilla 19 como se indica a continuación, cuando así esté previsto en la normativa de aplicación, lo requiera el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo o cuando se considere necesario.
Los números de las casillas del formulario no son consecutivos, ya que corresponden a los números de los Tipos de campo de los mensajes ATS.
Nota. Los sistemas de datos de los servicios de tránsito aéreo pueden imponer restricciones de comunicación o procesamiento en cuanto a la información de los planes de vuelo presentados. Las posibles restricciones pueden ser, por ejemplo, las limitaciones respecto al espacio de las casillas, el número de elementos de la casilla de ruta o el espacio total de las casillas del plan de vuelo. Las restricciones importantes se documentan en la publicación de información aeronáutica pertinente.
Casilla 7: Identificación de la aeronave (máximo 7 caracteres).
Insértese una de las siguientes identificaciones de aeronave, sin exceder de 7 caracteres alfanuméricos y sin guiones o símbolos:
a) El designador OACI de la empresa explotadora de aeronaves seguido de la identificación del vuelo (por ejemplo, KLM511, NGA213, JTR25) cuando el distintivo de llamada radiotelefónico que empleará la aeronave consista en el designador telefónico OACI de la empresa explotadora de aeronaves seguido de la identificación del vuelo (por ejemplo, KLM511, NIGERIA 213, JESTER 25); o
b) La marca de nacionalidad o común y la marca de matrícula de la aeronave (por ejemplo, EIKAO, 4XBCD, N2567GA) cuando:
1.º El distintivo de llamada radiotelefónico que empleará la aeronave consista en esta identificación solamente (por ejemplo, CGAJS), o cuando vaya precedida del designador telefónico OACI de la empresa explotadora de aeronaves (por ejemplo, BLIZZARD CGAJS).
2.º La aeronave no esté equipada con radio.
c) Las marcas de matrícula o distintivo de llamada radiotelefónico táctico cuando se trate de aeronaves militares en vuelos nacionales.
Nota 1. Las disposiciones relativas al empleo de los distintivos de llamada radiotelefónicos están contenidos en el Libro Cuarto. Los designadores OACI y los designadores telefónicos de empresas explotadoras de aeronaves están contenidos en el Doc. 8585 de OACI, Designadores de empresas explotadoras de aeronaves, de entidades oficiales y de servicios aeronáuticos.
Nota 2. Las normas relativas a las marcas de nacionalidad, comunes y de matrícula que deben utilizarse figuran en el anexo 7, capítulo 2 de la OACI.
Casilla 8: Reglas de vuelo y tipo de vuelo (uno o dos caracteres).
Reglas de vuelo.
Insértese una de las siguientes letras para indicar la clase de reglas de vuelo que el piloto se propone observar:
I ·
si se tiene previsto que todo el vuelo se realizará en IFR. ·
V ·
si se tiene previsto que todo el vuelo se realizará en VFR. ·
Y ·
si el vuelo se realizará inicialmente con IFR seguida de uno o más cambios subsiguientes en las reglas de vuelo (1), o ·
Z ·
si el vuelo se realizará inicialmente con VFR seguida de uno o más cambios subsiguientes en las reglas de vuelo (1). ·
(1) Indíquese en la casilla 15 el punto, o puntos, en los cuales se ha previsto hacer el cambio de reglas de vuelo.
Tipo de vuelo.
Insértese una de las letras siguientes para indicar el tipo de vuelo, cuando lo requiera el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo:
S ·
si es de servicio aéreo regular ·
N ·
si es de transporte aéreo no regular ·
G ·
si es de aviación general ·
M ·
si es militar ·
X ·
si corresponde a alguna otra categoría, distinta de las indicadas ·
Indíquese en la casilla 18 el estado de un vuelo después del indicador STS, o cuando sea necesario para señalar otros motivos para manejo específico por los ATS, indíquese el motivo en la casilla 18, a continuación del indicar RMK.
Casilla 9: Número y tipo de aeronaves y categoría de estela turbulenta.
Número de aeronaves (1 o 2 caracteres).
Insértese el número de aeronaves, si se trata de más de una.
Tipo de aeronave (2 a 4 caracteres).
Insértese el designador apropiado, según se especifica en el Doc. 8643 de la OACI -Designadores de tipos de aeronave-, o el designador militar español en vigor si se trata de aeronave militar española en vuelo nacional.
Insértese ZZZZ, e INDÍQUESE en la casilla 18 el (número(s) y) tipo(s) de aeronaves, precedidos de TYP/, si el designador no ha sido asignado, o si se trata de vuelos en formación que comprendan más de un tipo.
Categoría de estela turbulenta (1 carácter).
Insértese una barra oblicua, seguida de una de las letras siguientes, para indicar la categoría de estela turbulenta de la aeronave:
H ·
Pesada, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de 136.000 kg. o más; ·
M ·
Media, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de menos de 136.000 kg., pero más de 7.000 kg.; ·
L ·
Ligera, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de 7.000 kg. o menos. ·
Casilla 10: Equipo y capacidades.
Se entiende por capacidades los siguientes elementos:
a) Presencia a bordo de la aeronave del equipo adecuado y que funciona.
b) Que el equipo y capacidades se correspondan con las cualificaciones de la tripulación de vuelo, y
c) Cuando sea aplicable, la autorización de la autoridad correspondiente.
Equipo de radiocomunicaciones, equipo y capacidades para las ayudas a la navegación y la aproximación.
Insértese una letra, como sigue:
N ·
si no se lleva equipo COM /NAV/ de ayudas para la aproximación, para la ruta considerada, o si el equipo no funciona. ·
S ·
si se lleva equipo normalizado COM/NAV de ayuda para la aproximación para la ruta considerada y si este equipo funciona (1). ·
(1) Si se usa la letra S, los equipos VHF RTF, VOR e ILS se consideran normalizados, salvo que el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo prescriba alguna otra combinación.
Insértese una o más de las letras siguientes para indicar el equipo COM/NAV y de ayudas para la navegación y la aproximación, disponible y que funciona:
A ·
Sistema de aterrizaje GBAS ·
J7 ·
CPDLC FANS 1/A SATCOM (Iridium) ·
B ·
LPV (APV con SBAS) ·
K ·
MLS ·
C ·
LORAN C ·
L ·
ILS ·
D ·
DME ·
M1 ·
ATC RTF SATCOM (INMARSAT) ·
E1 ·
FMC WPR ACARS ·
M2 ·
ATC RTF (MTSAT) ·
E2 ·
D-FIS ACARS ·
M3 ·
ATC RTF (Iridium) ·
E3 ·
PDC ACARS ·
O ·
VOR ·
F ·
ADF ·
P1 -P9 ·
Reservado para RCP ·
G ·
GNSS (2) ·
R ·
Aprobación PBN (4) ·
H ·
HF RTF ·
T ·
TACAN ·
I ·
Navegación inercial ·
U ·
UHF RTF ·
J1 ·
CPDLC ATN VDL Modo 2 (3) ·
V ·
VHF RTF ·
J2 ·
CPDLC FANS 1/A HFDL ·
W ·
Aprobación RVSM (5) ·
J3 ·
CPDLC FANS 1/A VDL Modo A ·
X ·
Aprobación MNPS (6) ·
J4 ·
CPDLC FANS 1/A VDL Modo 2 ·
Y ·
VHF con capacidad de espaciado 8,33 kHz.(8) ·
J5 ·
CPDLC FANS 1/A SATCOM (INMARSAT) ·
Z ·
Demás equipo instalado a bordo u otras capacidades (7) ·
J6 ·
CPDLC FANS 1/A SATCOM (MSAT) ·
·
NOTA: Cualquier otro carácter alfanumérico que no figure arriba está reservado.
·
(2) Si se usa la letra G, cualquiera que sean los tipos de aumentación GNSS externa se especificarán en la casilla 18 seguidos del indicador NAV y separados por un espacio.
(3) Véase el documento sobre Requisitos de Interoperabilidad RTCA/EUROCAE para ATN Baseline 1 (ATN B1 INTEROP Standard – DO-280B/ED-110B) para servicios de enlace de datos/autorizaciones e información de control de tránsito aéreo/gestión de las comunicaciones de control de tránsito aéreo/verificación de micrófono de control de tránsito aéreo.
(4) Si se utiliza la letra R, los niveles de navegación basada en la performance que pueden alcanzarse se especificarán en la casilla 18 después del indicador PBN/. El Manual de Navegación Basada en la Performance (Doc. 9613) de OACI contiene material de orientación (guía) con respecto a la aplicación de la navegación basada en la performance a tramos de ruta, rutas o áreas específicos.
(5) La inclusión de la letra W indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo RVSM. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave precedida de REG/.
Los explotadores de vuelos en formación de aeronaves de Estado no insertarán la letra W en la casilla 10 del formulario del plan de vuelo de la OACI, sea cual fuere la situación de aprobación RVSM de las aeronaves en cuestión. Cuando tengan la intención de efectuar operaciones dentro del espacio aéreo RVSM como tránsito aéreo general (GAT), insertarán STS/NONRVSM en la casilla 18 del mencionado formulario.
(6) La inclusión de la letra X indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo MNPS. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave precedida de REG/.
(7) Si se usa la letra Z, especifíquese en la Casilla 18 cualquier otro tipo de equipo o capacidades instalado a bordo, precedido de COM/, NAV/ y/o DAT/, según corresponda.
Los explotadores de aeronaves con aprobación P-RNAV, que únicamente usen el VOR/DME para determinación de posición, insertarán la letra Z en el ítem 10 del plan de vuelo y el descriptor EURPRNAV en el ítem 18 del plan de vuelo, precedido del indicador NAV/.
(8) La información sobre capacidad de navegación se proporciona al ATC a efectos de autorización y encaminamientos.
Equipo y capacidades de vigilancia.
Insértese N si no se lleva a bordo equipo de vigilancia para la ruta que debe volarse o si el equipo no funciona, o
Insértese una o más de las siguientes letras, hasta un máximo de 20 caracteres, para indicar el tipo de equipo y /o capacidades de vigilancia, en funcionamiento, a bordo:
SSR en Modos A y C.
A ·
Transpondedor - Modo A (4 dígitos-4.096 códigos) ·
C ·
Transpondedor - Modo A (4 dígitos-4.096 códigos) y Modo C ·
SSR en Modo S
E ·
Transpondedor – Modo S, incluye identificación de aeronave, altitud de presión y capacidad de señales espontáneas (squitter) ampliadas (ADS-B). ·
H ·
Transpondedor – Modo S, incluyendo identificación de aeronave, altitud de presión y capacidad de vigilancia mejorada. ·
I ·
Transpondedor – Modo S, incluye identificación de aeronave pero no capacidad de altitud de presión. ·
L ·
Transpondedor – Modo S, incluye identificación de aeronave, altitud de presión, capacidad de señales espontáneas (squitter) ampliadas (ADS-B) y de vigilancia mejorada. ·
P ·
Transpondedor – Modo S, incluye altitud de presión pero no capacidad de identificación de aeronave. ·
S ·
Transpondedor – Modo S, incluye tanto la capacidad de identificación de aeronave como altitud de presión. ·
X ·
Transpondedor – Modo S sin transmisión de capacidad de identificación de aeronave ni de altitud de presión. ·
·
Nota. La capacidad de vigilancia aumentada es la capacidad de la aeronave para transmitir datos en enlace descendente extraídos de la aeronave a través del transpondedor Modo S.
·
ADS-B.
B1 ·
ADS-B con capacidad de transmisión 1090 MHz ADS-B dedicada. ·
B2 ·
ADS-B con capacidad de transmisión y recepción 1090MHz ADS-B dedicada. ·
U1 ·
ADS-B con capacidad de transmisión usando UAT. ·
U2 ·
ADS-B con capacidad de transmisión y recepción usando UAT. ·
V1 ·
ADS-B con capacidad de transmisión usando VDL Modo 4. ·
V2 ·
ADS-B con capacidad de transmisión y recepción usando VDL Modo 4. ·
ADS-C.
D1 ·
ADS-C con capacidades FANS 1/A. ·
G1 ·
ADS-C con capacidades ATN. ·
Los caracteres alfanuméricos no indicados arriba están reservados.
Ejemplo: ADE3RV/HB2U2V2G1
Nota. La aplicación de vigilancia adicional debería indicarse en la casilla 18 a continuación del indicador SUR/.
Casilla 13: Aeródromo de salida y hora (8 caracteres).
Insértese el indicador de lugar OACI de cuatro letras del aeródromo de salida, como se especifica en Indicadores de lugar (Doc. 7910 de OACI), o
si no se ha asignado indicador de lugar,
Insértese ZZZZ, e indíquese, en la Casilla 18, el nombre el nombre y lugar del aeródromo, precedido de DEP/…, o
el primer punto de la ruta o la radiobaliza precedida de DEP/…, si la aeronave no ha despegado del aeródromo, o
si el plan de vuelo se ha recibido de una aeronave en vuelo,
Insértese AFIL, e indíquese, en la Casilla 18, el indicador de lugar OACI de cuatro letras de la dependencia ATS de la cual pueden obtenerse datos del plan de vuelo suplementario, precedidos de DEP/;
Luego, «Sin ningún espacio»;
Insértese para un plan de vuelo presentado antes de la salida, la hora prevista de fuera calzos (EOBT), o
para un plan de vuelo recibido de una aeronave en vuelo, la hora prevista o actual de paso sobre el primer punto de la ruta a la cual se refiere el plan de vuelo.
Casilla 15: Ruta.
Insértese la primera velocidad de crucero como en (a) y el primer nivel de crucero como en (b), sin espacio alguno entre ellos;
Luego, «Siguiendo la flecha»; Insértese la descripción de la ruta, como en (c).
(a) Velocidad de crucero (máximo 5 caracteres).
Insértese la velocidad verdadera, para la primera parte o la totalidad del vuelo en crucero, en función de:
Kilómetros por hora, mediante la letra K seguida de 4 cifras (ejemplo: K0830); o Nudos, mediante la letra N seguida de 4 cifras (ejemplo: N0485); o
Número de Mach verdadero, cuando el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo lo haya prescrito, redondeando a las centésimas más próximas de unidad Mach, mediante la letra M seguida de 3 cifras (ejemplo: M082).
(b) Nivel de crucero (máximo 5 caracteres).
Insértese el nivel de crucero proyectado para la primera parte o para toda la ruta que haya que volar, por medio de:
Nivel de vuelo, expresado mediante una F seguida de 3 cifras (ejemplos: F085; F33O); o
Nivel métrico normalizado en decenas de metros, expresado mediante una S seguida de 4 cifras, cuando lo indique el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo (ejemplo: S113O); o
Altitud en centenares de pies, expresada mediante una A seguida de 3 cifras (ejemplos: A045; A100); o
Altitud en decenas de metros, expresada mediante una M seguida de 4 cifras (ejemplo: M0840); o
respecto a los vuelos VFR no controlados, las letras VFR.
(c) Ruta (incluyendo cambios de velocidad, nivel y/o reglas de vuelo).
Vuelos a lo largo de las rutas ATS designadas.
Insértese el designador de la primera ruta ATS si el aeródromo de salida está situado en la ruta ATS o conectado a ella, o si el aeródromo de salida no está en la ruta ATS ni conectado a ella, las letras DCT seguidas del punto de encuentro de la primera ruta ATS, seguido del designador de la ruta ATS.
Luego, insértese cada punto en el cual esté previsto comenzar un cambio de velocidad y/o nivel, o cambiar de ruta ATS(1), y/o cambiar de reglas de vuelo,
Seguido, en cada caso, o del designador del próximo tramo de ruta ATS, incluso si es el mismo que el precedente, o de DCT, si el vuelo hasta el punto próximo se va a efectuar fuera de una ruta designada, a no ser que ambos puntos estén definidos por coordenadas geográficas.
(1) Cuando se planee la transición entre una ruta ATS inferior y una ruta ATS superior, y cuando la orientación de dichas rutas sea la misma, no será necesario insertar el punto de transición.
Vuelos fuera de las rutas ATS designadas.
Insértense los puntos normalmente separados por no más de 30 minutos de tiempo de vuelo o por 370 km. (200 NM), incluyendo cada punto en el cual se piensa cambiar de velocidad o nivel, cambiar de derrota, o cambiar de reglas de vuelo; o cuando lo requiera la el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo,
Defínase la derrota de los vuelos que predominantemente siguen la dirección este-oeste entre los 70°N y los 70°S, por referencia a los puntos significativos formados por las intersecciones de paralelos de latitud en grados enteros, o medios, con meridianos espaciados a intervalos de 10° de longitud. Para los vuelos fuera de dichas latitudes las derrotas se definirán mediante puntos significativos formados por intersecciones de paralelos de latitud con meridianos normalmente espaciados a 20° de longitud. En la medida de lo posible, la distancia entre dos puntos significativos no excederá de una hora de tiempo de vuelo. Se establecerán otros puntos significativos según se considere necesario.
Para los vuelos que predominantemente siguen la dirección norte-sur, defínanse derrotas por referencia a los puntos significativos formados por la intersección de meridianos en grados completos de longitud con paralelos especificados, espaciados a 5°.
Insértese DCT entre puntos sucesivos, a no ser que ambos puntos estén definidos por coordenadas geográficas o por marcación y distancia.
Úsese solamente la representación convencional de los datos que figuran en 1) a 6), que siguen, y SEPÁRESE cada elemento con un espacio.
1) Ruta ATS (2 A 7 caracteres).
El designador cifrado asignado a la ruta o al tramo de ruta, (ejemplo: B1, R14, V10, TAWNY14), con inclusión, cuando corresponda, del designador cifrado asignado a la ruta normalizada de salida o de llegada (ejemplo: BCN1, B1, R14, UB10, KODAP2A).
Para planes de vuelo IFR/GAT que despeguen de cualquier aeródromo español, el primer campo de ruta (después de indicar el grupo velocidad/nivel de vuelo) debe ser el siguiente:
– El nombre en clave del primer punto significativo de la SID utilizada.
– El nombre en clave del punto significativo de la primera ruta ATS a la que se dirija, cuando no se haya publicado una SID en el aeródromo de salida. Este punto puede ir precedido del indicador DCT.
El campo ruta no debe nunca incluir las siglas SID/STAR, ni las descripciones de las mismas.
Esta instrucción se establece debido a requisitos operativos del IFPS.
2) Punto importante (2 a 11 caracteres).
El designador cifrado (2 a 5 caracteres) asignado al punto (ejemplos: LN, MAY, HADDY), o si no ha sido asignado ningún designador cifrado, una de las indicaciones siguientes:
– Grados solamente (7 caracteres):
2 cifras que indiquen la latitud en grados, seguido de «N» (Norte) o «S» (Sur), seguido de 3 cifras que indiquen la longitud en grados, seguido de «E» (Este) o «W» (Oeste). Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros (ejemplo: 46N078W).
‒ Grados y minutos (11 caracteres):
4 cifras que indiquen la latitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguido de «N» (Norte) o «S» (Sur), seguido de 5 cifras que indiquen la longitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguido de «E» (Este) o «W» (Oeste). Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros (ejemplo: 4620N 07805W).
Marcación y distancia con respecto a una ayuda para la navegación:
La identificación de una ayuda para la navegación (normalmente un VOR), con 2 o 3 caracteres; LUEGO la marcación desde la ayuda, con 3 cifras, dando los grados magnéticos; LUEGO la distancia desde la ayuda, con 3 cifras, que expresen millas marinas. Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros (ejemplo: un punto a 180° magnéticos y a una distancia del VOR «DUB» de 40 millas marinas, debería indicarse así: DUB180040).
3) Cambio de velocidad o de nivel (máximo 21 caracteres).
El punto en el cual esté previsto cambiar de velocidad (5% TAS o 0,01 Mach o más) o cambiar de nivel, expresado exactamente como en 2), seguido de una barra oblicua y tanto la velocidad de crucero como el nivel de crucero, expresados exactamente como en a) y b), sin un espacio entre ellos, aun cuando solamente se cambie uno de estos elementos.
Ejemplos: ·
LN/N0284A045 ·
MAY/N0305F180 ·
HADDY/N0420F330 ·
4602N07805W/N0500F350 ·
46N078W/M082F330 ·
DUB180040/N0350M0840 ·
4) Cambio de reglas de vuelo (máximo 3 caracteres).
El punto en el cual está previsto cambiar de reglas de vuelo, expresado exactamente como en 2) ó 3), seguido de un espacio y de una de las indicaciones siguientes:
VFR si es de IFR a VFR
IFR si es de VFR a IFR
Ejemplos: ·
LN VFR ·
LN/N0284A050 IFR ·
5) Cambio de tipo de vuelo (GAT/OAT).
El IFPS procesa la parte GAT de planes de vuelo mixtos GAT/OAT (civil/militar) cuando éstos afecten al área ECAC.
Deberá indicarse el punto de cambio de OAT a GAT o viceversa de la manera siguiente:
“Punto de cambio/GAT” o “Punto de cambio/OAT”
Ejemplos: ·
N0400F280.......... NTM/OAT TB6 ·
N0460F370.......... TB6 NTM/GAT UR110 ·
El IFPS asume que todos los planes de vuelo comienzan con control aéreo civil (GAT), a menos que se indique un cambio a GAT posteriormente en la ruta. En este caso asume que todo el tramo anterior al cambio en la ruta es OAT.
6) Ascenso en crucero (máximo 28 caracteres).
La letra C seguida de una barra oblicua; LUEGO el punto en el cual esté previsto iniciar el ascenso en crucero, expresado como en 2), seguido de una barra oblicua; LUEGO la velocidad que se piense mantener durante el ascenso en crucero, expresada exactamente como en a), seguido de los dos niveles que determinan la capa que se piensa ocupar durante el ascenso en crucero, cada nivel expresado exactamente como en b), o el nivel sobre el cual el ascenso en crucero esté previsto, seguido de las letras PLUS, sin un espacio entre ellos:
Ejemplos: ·
C/48N050W/M082F290F350 ·
C/48N050W/M082F290PLUS ·
C/52N050W/M220F580F620 ·
Casilla 16: Aeródromo de destino y duración total prevista, aeródromo(s) de alternativa de destino.
Aeródromo de destino y duración total prevista (8 caracteres) (1).
Insértese el indicador de lugar OACI de cuatro letras del aeródromo de destino. Como se especifica en Indicadores de lugar (Doc. 7910 de OACI), o si no se ha asignado indicador de lugar,
Insértese ZZZZ e indíquese en la casilla 18 el nombre y lugar del aeródromo, precedido de DEST/.
Después, sin dejar un espacio,
Insértese la duración total prevista
(1) En el caso de un plan de vuelo recibido de una aeronave en vuelo, la duración total prevista se cuenta a partir del primer punto de la ruta a la que se aplica el plan de vuelo hasta el punto de terminación del plan de vuelo.
Aeródromo(s) de alternativa de destino.
Insértese el(los) indicador(es) de lugar OACI de cuatro letras, de no más de dos aeródromos de alternativa de destino, como se especifica en Indicadores de lugar (Doc. 7910 de OACI), separados por un espacio,
o si no se ha asignado un indicador de lugar a los aeródromos de destino
Insértese ZZZZ e indíquese en la Casilla 18 el nombre y lugar de los aeródromos de alternativa de destino, precedido de ALTN/.
Casilla 18: otros datos.
Nota. El uso de indicadores no incluidos bajo este epígrafe pueden ser rechazados, procesados incorrectamente o perdidos.
Los guiones o barras oblicuas deberían ser usados como se prescribe más adelante.
Insértese 0 (cero) si no hay otros datos, o cualquier otra información necesaria, en el orden indicado a continuación, mediante el indicador apropiado seleccionado de los que se definen a continuación, seguido de una barra oblicua y de la información que ha de consignarse:
RFP/ ·
El formato RFP/Qn se empleará para indicar el número del plan de vuelo sustitutivo, donde «n» se sustituirá por «1» para la primera sustitución, «2» para la segunda sustitución, y así sucesivamente. ·
·
Ejemplos: ·
RFP/Q1, RFP/Q2, etc. ·
STS/ ·
Razón del tratamiento especial por parte del ATS, ejemplo misión de búsqueda y salvamento, como sigue: ·
·
ALTRV: ·
Para un vuelo operado de acuerdo con una reserva de altitud. ·
ATFMX: ·
Para un vuelo exento de medidas ATFM autorizadas por el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo. ·
FFR: ·
Contraincendios. ·
FLTCK: ·
Vuelo de calibración de ayudas para la navegación. ·
HAZMAT: ·
Para vuelos que transportan mercancías peligrosas. ·
HEAD: ·
Vuelos con tratamiento de jefe de estado. ·
HOSP: ·
Vuelos médicos específicamente declarados por las autoridades sanitarias. ·
HUM: ·
Vuelos que operan por razones humanitarias. ·
MARSA: ·
Vuelos para los que una entidad militar asume la responsabilidad de separación de aeronaves militares. ·
MEDEVAC: ·
Vuelos de evacuación de emergencias médicas con riesgo de vida. ·
NONRVSM: ·
Vuelo que no cumple los requisitos RVSM y tengan intención de operar en el espacio aéreo RVSM. ·
SAR: ·
Vuelos en misión de búsqueda y salvamento. ·
STATE: ·
Vuelos militares, aduanas o policía. ·
Nota. El uso fraudulento de estos designadores podrá ser considerado un quebranto serio de los procedimientos con las consecuencias jurídicas establecidas para tales supuestos por las disposiciones aplicables, incluidas las medidas disciplinarias o sancionadoras que, en su caso, procedan.
Otras razones para el tratamiento especial por parte del ATS serán indicadas tras el designador RMK/.
PBN/ ·
Indicación de capacidades RNAV y/o RNP. Incluir tanto los indicadores de abajo como los aplicados al vuelo, con un máximo de 8 entradas, es decir, un total de no más de 16 caracteres. ·
·
ESPECIFICACIONES RNAV
·
A1 ·
RNAV 10 (RNP 10) ·
B1 ·
RNAV 5 todos los sensores permitidos ·
B2 ·
RNAV 5 GNSS ·
B3 ·
RNAV 5 DME/DME ·
B4 ·
RNAV 5 VOR/DME ·
B5 ·
RNAV 5 INS o IRS ·
B6 ·
RNAV 5 LORANC ·
C1 ·
RNAV 2 todos los sensores permitidos ·
C2 ·
RNAV 2 GNSS ·
C3 ·
RNAV 2 DME/DME ·
C4 ·
RNAV 2 DME/DME/IRU ·
D1 ·
RNAV 1 todos los sensores permitidos ·
D2 ·
RNAV 1 GNSS ·
D3 ·
RNAV 1 DME/DME ·
D4
·
RNAV 1 DME/DME/IRU ·
·
ESPECIFICACIONES RNP
·
L1 ·
RNP 4 ·
O1 ·
RNP 1 Básico todos los sensores permitidos ·
O2 ·
RNP 1 Básico GNSS ·
O3 ·
RNP 1 Básico DME/DME ·
O4 ·
RNP 1 Básico DME/DME/IRU ·
S1
·
RNP APCH ·
S2 ·
RNP APCH con BARO-VNAV ·
T1 ·
RNP AR APCH con RF (se requiere autorización especial) ·
T2 ·
RNP AR APCH sin RF (se requiere autorización especial) ·
La combinación de caracteres alfanuméricos no indicados arriba está reservada.
NAV/ ·
Datos importantes relativos al equipo de navegación, diferente de los que se especifiquen en PBN/, según lo requiera el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo. Indíquese el aumento GNSS bajo este indicador, dejando un espacio entre dos o más sistemas de aumentación, ej. NAV/GBAS SBAS.
Nota. Los explotadores de aeronaves con aprobación P-RNAV, que únicamente usen el VOR/DME para determinación de posición, insertarán la letra Z en el ítem 10 del plan de vuelo y el descriptor EURPRNAV en el ítem 18 del plan de vuelo, a continuación del indicador NAV/.
·
COM/ ·
Se indicarán aplicaciones o capacidades de comunicaciones no especificadas en la casilla 10a. ·
DAT/ ·
Se indicarán aplicaciones o capacidades de datos no especificadas en la casilla 10a. ·
SUR/ ·
Se incluirán aplicaciones o capacidades de vigilancia no especificadas en la casilla 10b. ·
DEP/ ·
Nombre y lugar del aeródromo de salida, cuando ZZZZ se inserte en la Casilla 13, o de la dependencia ATS de la cual se pueden obtener datos del plan de vuelo suplementario, cuando AFIL se inserte en la Casilla 13. Para aeródromos no incluidos en el listado de la Publicación de Información Aeronáutica, se indicará la ubicación como sigue: ·
·
Con 4 cifras que indiquen la latitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguido de «N» (Norte) o «S» (Sur), seguido de 5 cifras que indiquen la longitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguido de «E» (Este) o «W» (Oeste). Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros
Ejemplo: ·
4620N 07805W)(11 caracteres). ·
O, con la marcación y distancia desde el punto significativo más cercano, como sigue:
La identificación del punto significativo seguido por la marcación desde el punto significativo, con 3 cifras, indicando los grados magnéticos, seguidos de la distancia desde el punto, con 3 cifras, que expresen millas náuticas. En áreas de alta latitud donde está indicado por la autoridad competente que esa referencia de datos magnéticos es impracticable, deben usarse grados verdaderos. Completar el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros, e.j un punto a 180º magnéticos y a una distancia de 40 millas náuticas desde VOR «DUB» debería indicarse así: DUB180040.
O, El primer punto de la ruta (nombre o LAT/LONG) o la radiobaliza, si la aeronave no ha despegado desde un aeródromo.
·
DEST/ ·
Nombre y lugar del aeródromo de destino, si se inserta ZZZZ en la Casilla 16. Para aeródromos no incluidos en el listado de la Publicación de Información Aeronáutica, se indicará la localización en LAT/LONG o la marcación y distancia desde el punto significativo más cercano, como se describe anteriormente en DEP/. ·
DOF/ ·
Fecha de salida del vuelo, en formato de 6 dígitos (DOF/AAMMDD), dos para el año, dos para el mes y dos para el día, por ese orden. ·
REG/ ·
La nacionalidad o marca común y registro de matrícula de la aeronave, si difieren de la identificación de la aeronave consignada en la Casilla 7 y cuando en la casilla 10 se incluyan las letras W o X. ·
EET/ ·
Designadores de puntos significativos o límites de la FIR y duración total prevista desde el despegue hasta esos puntos o límites de la FIR cuando esté prescrito en acuerdos regionales de navegación aérea o por el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo(1).
Ejemplos: ·
EET/CAP0745 XYZ0830 ·
·
EET/EINN0204 ·
(1) No es obligatorio insertar la duración total prevista hasta los límites de la FIR Madrid y Barcelona.
·
SEL/ ·
Clave SELCAL, para aeronaves equipadas. ·
TYP/ ·
Tipo(s) de aeronave, precedido(s), si fuera necesario -sin espacio- del número de aeronaves de cada tipo, separados por un espacio, si en la Casilla 9 se ha insertado ZZZZ. ·
Ejemplo: ·
TYP/2F15 5F5 3B2 ·
CODE/ ·
Dirección de aeronave (expresada como código alfanumérico de seis caracteres hexadecimales) cuando lo requiera el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo. Ejemplo: «F00001» es la dirección de aeronave más baja contenida en el bloque específico administrado por la OACI. ·
DLE/ ·
Demora en ruta o en espera, insertar punto(s) significativos en la ruta donde está prevista una demora, seguida por el tiempo de demora usando cuatro cifras, horas y minutos (hhmm). ·
Ejemplo: ·
DLE/MDG0030 ·
OPR/ ·
Designador OACI o nombre del explotador, si es diferente de la identificación de la aeronave consignada en la Casilla 7. ·
ORGN/ ·
Dirección AFTN de ocho letras del originador u otros datos apropiados del contacto, en caso de que el originador del plan de vuelo no pueda ser identificarse fácilmente, como lo disponga el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo.
Nota. En algunas áreas, los centros de recepción de plan de vuelo, pueden insertar el identificador ORGN/ y la dirección AFTN del originador automáticamente.
·
PER/ ·
Datos de performance de la aeronave, indicados por una sola letra como se especifica en los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea- Operación de Aeronaves (PANS-OPS, Doc 8168) Volumen I- Procedimientos de vuelo de OACI, cuando así lo prescriba el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo. ·
ALTN/ ·
Nombre del(los) aeródromo(s) de alternativa, si se inserta ZZZZ en la Casilla 16.(2) ·
RALT/ ·
Indicador de OACI de cuatro letras para aeródromos de alternativa en ruta, tal como se especifica en Indicadores de lugar (Doc 7910), o el nombre de los aeródromos de alternativa en ruta, si no tiene indicador asignado.(2) ·
TALT/ ·
Indicador(es) de lugar OACI de cuatro letras para aeródromos de alternativa de despegue, como se especifica en el Doc. 7910 de OACI, Indicadores de lugar, o nombre de los aeródromos de alternativa de despegue, si no tienen indicador asignado.(2)
(2) Para aeródromos no incluidos en el listado de la Publicación de Información Aeronáutica, se indicará la ubicación en LAT/LONG o marcación y distancia desde el punto significativo más cercano, como se describe anteriormente en DEP/.
·
RIF/ ·
Los detalles relativos a la ruta que lleva el nuevo aeródromo de destino, seguido del indicador de lugar OACI, de cuatro letras, correspondiente a dicho aeródromo. La ruta revisada está sujeta a la renovación de autorización en vuelo.
·
Ejemplos: ·
RIF/DTA HEC KLUX. ·
·
RIF/ESP G94 CLA YPPH ·
RMK/ ·
Cualquier otra observación en lenguaje claro, cuando así lo requiera el proveedor designado para la prestación de servicios de tránsito aéreo o cuando se estime necesario.
Nota. Estos indicadores se utilizarán sin perjuicio de que Reglamentos comunitarios establezcan otros indicadores adicionales.
·
Casilla 19: Información suplementaria.
Autonomía.
Después de E/, INSÉRTESE un grupo de 4 cifras para indicar la autonomía de combustible en horas y minutos.
Personas a bordo.
Después de P/, insértese el número total de personas (pasajeros y tripulantes) a bordo, cuando así lo requiera la autoridad ATS competente.
Insértese TBN (que ha de notificarse) si no se conoce el número total de personas en el momento de presentar el plan de vuelo.
Equipo de emergencia y supervivencia.
R/ ·
(Radio). ·
·
TÁCHESE U si no está disponible la frecuencia UHF de 243,0 MHz. ·
TÁCHESE V si no está disponible la frecuencia VHF de 121,5 MHz. ·
TÁCHESE E si no se dispone de radiobalizas de emergencia para localización de aeronaves (ELBA). ·
S/ ·
(Equipo de supervivencia). ·
·
Táchense todos los indicadores si no se lleva a bordo equipo de supervivencia. ·
Táchese P si no se lleva a bordo equipo de supervivencia polar. ·
Táchese D si no se lleva a bordo equipo de supervivencia para el desierto. ·
Táchese M si no se lleva a bordo equipo de supervivencia marítimo. ·
Táchese J si no se lleva a bordo equipo de supervivencia para la selva. ·
J/ ·
(Chalecos). ·
·
Táchense todos los indicadores si no se llevan a bordo chalecos salvavidas. ·
Táchese L si los chalecos salvavidas no están dotados de luces. ·
Táchese F si los chalecos salvavidas no están equipados con fluoresceína. ·
Táchese U o V o ambos, según se señaló en R/, para indicar los medios de comunicación por radio que lleven los chalecos. ·
D/ ·
(Botes neumáticos). ·
·
(Número) Táchense los indicadores D y C si no se llevan botes neumáticos a bordo; y ·
(Capacidad) Insértese la capacidad total, número de personas, de todos los botes neumáticos que se lleven a bordo; y ·
(Cubierta) Táchese el indicador C si los botes neumáticos no están cubiertos; y ·
(Color) Insértese el color de los botes neumáticos, si se llevan a bordo. ·
A/ ·
(Color y marcas de la aeronave). ·
·
Insértese el color de la aeronave y las marcas importantes ·
N/ ·
(Observaciones). ·
·
Táchese el indicador N si no hay observaciones, o ·
Indíquese todo otro equipo de supervivencia a bordo y cualquier otra observación relativa a dicho equipo. ·
C/ ·
(Piloto). ·
·
Insértese el nombre del piloto al mando. ·
2.3. Presentado por.
Insértese el nombre de la dependencia, empresa o persona que presenta el plan de vuelo.
2.4. Aceptación del plan de vuelo.
Indíquese la aceptación del plan de vuelo en la forma prescrita por la autoridad ATS competente.
2.5. Instrucciones para la inserción de los datos COM.
Casillas a completar:
Complétense los dos primeros renglones sombreados del formulario, y
Complétese el tercero sólo cuando sea necesario, de acuerdo con las disposiciones del Capítulo 9, párrafo 4.9.2.1.2, del Libro Cuarto, salvo que el ATS prescriba lo contrario.
3. Instrucciones para la transmisión de los mensajes de plan de vuelo presentado (FPL)
Corrección de errores evidentes:
A menos que se prescriba lo contrario,
Corríjanse los errores y omisiones evidentes de presentación, (por ejemplo, las barras oblicuas) para asegurar el cumplimiento de lo previsto en la Sección 2.
Conceptos que han de transmitirse:
Transmítanse los conceptos indicados a continuación, a menos que se prescriba lo contrario:
a) los conceptos consignados en los renglones sombreados que preceden a la Casilla 3.
b) empezando con <<=(FPL de la Casilla 3:
todos los símbolos y datos que figuran en los recuadros sin sombrear hasta el símbolo )<<= del final de la Casilla 18;
las funciones de alineación adicionales que sean necesarias para impedir la inclusión de más de 69 caracteres en cualquier línea de las Casillas 15 o 18. La función de alineación ha de insertarse sólo en lugar de un espacio, a fin de no subdividir ningún grupo de datos;
los cambios a letras y cambios a cifras (no impresos previamente en el formulario), que sean necesarios;
c) el Fin de la AFTN, como se indica a continuación:
Señal de «Fin de texto»:
i) un «Cambio a letras»
ii) dos «Retornos de carro», un «Cambio de línea».
Orden de la alimentación de página:
Siete «Cambios de línea»
Señal de «Fin de mensaje»:
Cuatro letras N.
3.1. En el caso de vuelos con escalas intermedias en que se presenten planes de vuelo en el aeródromo de salida inicial, para cada etapa de vuelo:
a) la ARO del aeródromo de salida inicial:
1) transmitirá un mensaje FPL para la primera etapa del vuelo, dirigido a las dependencias ATS interesadas en dicho vuelo;
2) transmitirá un mensaje FPL separado por cada etapa siguiente del vuelo, dirigido a la ARO del aeródromo de salida correspondiente.
b) la ARO de cada aeródromo de salida subsiguiente tomará medidas al recibir el mensaje FPL, como si el FPL se hubiera presentado localmente.
4. Instrucciones para la transmisión de los mensajes de plan de vuelo suplementario (SPL).
Conceptos que han de transmitirse:
Transmítanse los conceptos que se indican a continuación, a menos que se prescriba lo contrario:
a) El indicador de prioridad AFTN, indicadores de destinatario <<=, hora de depósito, indicador del remitente <<= y, de ser necesario, indicación específica de los destinatarios y/o del remitente;
b) Comenzando con <<=(SPL:
Todos los símbolos y datos de las partes no sombreadas de las Casillas 7, 16 y 18, pero el «)», del final de la Casilla 18, no ha de transmitirse, y luego los símbolos contenidos en la parte no sombreada de la Casilla 19 hasta el )<<=, inclusive, de la Casilla 19;
las funciones de alineación adicionales que sean necesarias para impedir la inclusión de más de 69 caracteres en cualquier línea de las Casillas 18 y 19. La función de alineación ha de insertarse sólo en lugar de un espacio, a fin de no subdividir un grupo de datos;
cambios a letras y cambios a cifras (no impresos previamente en el formulario), que sean necesarios;
c) el fin de la AFTN, como se indica a continuación:
Señal de Fin de Texto:
i) un «Cambio a letras»
ii) dos «Retornos de carro», un «Cambio de línea».
Orden de alimentación de página:
Siete «Cambios de línea».
Señal de «Fin de mensaje»:
Cuatro letras N.
5. Ejemplo de formulario de plan de vuelo completado
6. Formulario de lista de plan de vuelo repetitivo modelo OACI (RPL)
7. Instrucciones para completar el formulario de lista de plan de vuelo repetitivo (RPL)
7.1. Generalidades.
Anótense solamente los planes de vuelo que hayan de realizarse de acuerdo con IFR (Reglas de vuelo I en el formulario FPL).
Se supone que todas las aeronaves realizan vuelos regulares (tipo de vuelo S en el formulario FPL); en caso contrario, notifíquese en Q (Observaciones).
Se supone que todas las aeronaves que vuelen según RPL están equipadas con respondedores en clave 4096, modos A y C. En caso contrario notifíquese en Q (Observaciones).
Anótense los planes de vuelo en orden alfabético según el indicador de lugar del aeródromo de salida.
Anótense los planes de vuelo para cada aeródromo de salida en orden cronológico según las horas previstas de fuera calzos.
Sígase con exactitud la representación convencional de los datos indicada para el formulario de plan de vuelo, a menos que se indiquen específicamente otras cosas en 7.4.
Insértense siempre las horas con 4 cifras UTC.
Insértense todas las duraciones previstas con 4 cifras (horas y minutos).
Insértense, en renglones separados, los datos correspondientes a cada tramo de la operación con una o más paradas; es decir, desde cualquier aeródromo de salida hasta el aeródromo de destino siguiente, aunque el distintivo de llamada o el número de vuelo sea el mismo para los diferentes tramos.
Indíquense con claridad todas las adiciones y supresiones de acuerdo a lo establecido para la casilla H en 7.4. En las listas subsecuentes se anotarán los datos corregidos y agregados y se omitirán los planes de vuelo suprimidos.
Numérense las páginas indicando el número de página y el número total de páginas que se han presentado.
Utilícese más de una línea para cualquiera de los RPL en los que no sea suficiente el espacio proporcionado para las casillas O y Q en una línea.
7.2. La cancelación de un vuelo se efectuara de la forma siguiente:
1) Anótese en la casilla H un signo menos (-) seguido de los demás conceptos del vuelo cancelado;
2) insértese una entrada subsiguiente que consiste en un signo más (+) en la casilla H y la fecha del último vuelo en la casilla J, sin modificar los demás conceptos del vuelo cancelado.
7.3. Las modificaciones de un vuelo se anotaran de la forma siguiente:
1) Efectúese la cancelación según se indica en 7.2; y
2) insértese una tercera entrada con los nuevos planes de vuelo en los que se notificarán, según sea necesario, los conceptos apropiados, incluso las nuevas fechas de validez que figuran en las casillas I y J,
3) todas las entradas correspondientes al mismo vuelo se insertarán sucesivamente en el orden antes mencionado.
7.4 Instrucciones para la inserción de los datos RPL.
Complétense las casillas A a Q como se indica a continuación:
Casilla A: Explotador.
Insértese el nombre del explotador.
Casilla B: Destinatario(S).
Insértese el nombre del organismo u organismos, designado(s) por los Estados para administrar los RPL correspondientes a las FIR o a las zonas de responsabilidad afectadas por la ruta de vuelo.
Casilla C: Aeródromo(s) de salida.
Insértese el indicador, o indicadores, de lugar del aeródromo, o aeródromos, de salida.
Casilla D: Fecha.
Insértese el año, mes y día correspondientes a la fecha de presentación del plan en cada página presentada, según grupos de 6 cifras.
Casilla E: Número de serie.
Insértese el número de presentación de la lista, mediante dos cifras que indiquen las dos últimas del año, un guion y el número de secuencia de la presentación para el año indicado (comiéncese con el Núm. 1 cada nuevo año).
Casilla F: Pagina de.
Insértese el número de página y el número total de páginas presentadas.
Casilla G: Información suplementaria en.
Insértese el nombre del lugar en el que se mantiene disponible, y puede obtenerse inmediatamente, la información normalmente proporcionada en la casilla 19 del FPL.
Casilla H: Tipo de inscripción.
Insértese un signo menos (-) para cada plan de vuelo que deba suprimirse de la lista.
Insértese un signo más (+) para cada inscripción inicial y, si se efectúan otras presentaciones para cada plan de vuelo que no se haya incluido en la presentación anterior.
No es necesario incluir los datos correspondientes a cualquier plan de vuelo que no hayan sido modificados después de la presentación anterior.
Casilla I: Valido desde.
Insértese la fecha primera (año, mes, día) en que está programado el vuelo regular.
Casilla J: Valido hasta.
Insértese la última fecha (año, mes, día) en que está programado el vuelo según lo indicado en la lista, o UFN si no se conoce la duración.
Casilla K: Días de operación.
Insértese el número correspondiente al día de la semana en la columna correspondiente; lunes = 1 a domingo = 7.
Insértese un cero (0) en la columna correspondiente, para cada día en que no se realicen vuelos.
Casilla L: Identificación de la aeronave (Casilla 7 del FPL OACI).
Insértese la identificación de la aeronave que se ha de utilizar en el vuelo.
Casilla M: Tipo de aeronave y categoría de estela turbulenta. (Casilla 9 del FPL OACI).
Insértese el designador OACI apropiado según se especifica en el Doc 8643 de OACI - Designadores de tipos de aeronave.
Insértese el indicador H, M o L, según corresponda:
H -Pesada, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de 136.000 kg o más;
M -Media, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de menos de 136.000 kg (300.000 lb), pero de más de 7.000 kg;
L -Ligera, para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue de 7.000 Kg o menos.
Casilla N: Aeródromo de salida y hora (Casilla 13 del FPL OACI).
Insértese el indicador de lugar del aeródromo de salida.
Insértese la hora de fuera calzos, es decir, la hora prevista en que la aeronave iniciará el desplazamiento asociado con la salida.
Casilla O: Ruta (Casilla 15 del FPL OACI).
a) Velocidad de crucero
Insértese la velocidad verdadera respecto a la primera parte o a la totalidad del vuelo en crucero de acuerdo con la casilla 15 a) del plan de vuelo OACI.
b) Nivel
Insértese el nivel de crucero proyectado para la primera parte o para toda la ruta de acuerdo con la casilla 15 b) del plan de vuelo OACI.
c) Ruta
Insértese la ruta completa de acuerdo con la casilla 15 c) del plan de vuelo OACI.
Casilla P: Aeródromo de destino y duración total prevista. (Casilla 16 del FPL OACI).
Insértese el indicador de lugar del aeródromo de destino.
Insértese la duración total prevista.
Casilla Q: Observaciones.
Insértese:
a) Información de todo el equipo disponible que, normalmente, se notifica en la casilla 10 del formulario de plan de vuelo OACI; y
b) Toda información requerida por la autoridad ATS competente, datos notificados normalmente en la casilla 18 del plan de vuelo OACI y
c) Toda otra información pertinente al plan de vuelo que resulte de interés para los ATS.
8. Ejemplo de formulario ya completado de lista de plan de vuelo repetitivo (RPL).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de diciembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-6856 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2013 | BOE-A-2013-5671 | Leer | Qué cambió |
| 1 de noviembre de 2005 | BOE-A-2005-15637 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


