Legislación › Real Decreto 525/2002, de 14 de junio, sobre el control de cumplimiento del Acuerdo comunitario relativo a la ordenación del tiempo de trabajo de la gente de mar.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de este Real Decreto.
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