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Legislación › Ley 4/2002, de 4 de junio, de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de los Productos Pesqueros Destinados al Consumo Humano.

Artículo 10. Obligaciones formales.

Artículo 10. Obligaciones formales.

Los concesionarios o los titulares de los mercados mayoristas y de las lonjas de contratación o, en su defecto, los administradores de los mismos, están obligados a comunicar a la administración tributaria, en la forma que reglamentariamente se determine, la identidad de las personas responsables de los puestos que operan en los respectivos mercados o lonjas.

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