Legislación › Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
Artículo 6. Principios democrático y de legalidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 2002 y la del 1 de abril de 2015.
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Artículo 6. Principios democrático y de legalidad.
Los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes. Los partidos políticos tienen libertad organizativa para establecer su estructura, organización y funcionamiento, con los únicos límites establecidos en el ordenamiento jurídico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3441 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 2002 | Texto original | Leer |


